Tipos de divorcio

Elena
Elena
abril 22, 2022
papeles de divorcio

Existen tres tipos de divorcio en función de cuál sea la relación entre los cónyuges. En la actualidad, en Juriscentrum somos especialistas en divorcios y hemos tenido éxito en la mayoría de los casos a los que nos hemos enfrentado.

Divorcio de Mutuo Acuerdo

El procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo es el proceso más rápido, económico y sencillo. Una de las ventajas a diferencia del procedimiento contencioso, es que no es necesario celebrar vista alguna; única y exclusivamente basta con la presentación de la demanda adjuntando el convenio firmado por ambas partes para que, con posterioridad, dicho convenio sea ratificado por los cónyuges.

Por el contrario, el divorcio contencioso es bastante más duradero en el tiempo, así como desagradable y costoso para ambos. En este caso, es necesaria la asistencia a la vista y cada parte llevará consigo a un abogado y procurador en su representación.

Los documentos imprescindibles para presentar la demanda son:

  • Certificado literal de matrimonio.
  • Certificado de nacimiento de los hijos.
  • Propuesta de convenio regulador.

En el caso de que en un procedimiento de mutuo acuerdo una de las partes no acude a la ratificación del convenio regulador, se acordará inmediatamente el archivo de las actuaciones, a no ser que exista una causa justificada, en ese caso, se citarán nuevamente a las partes para ratificarse en el mismo.

pareja divorciandose

El convenio regulador de Mutuo acuerdo

El convenio regulador es imprescindible a la hora de la presentación de la demanda de divorcio de mutuo acuerdo.

“Los cónyuges también podrán acordar su divorcio de mutuo acuerdo mediante la formulación de un convenio regulador ante el Secretario judicial o en escritura pública ante Notario, en la forma y con el contenido regulado en el artículo 82, debiendo concurrir los mismos requisitos y circunstancias exigidas en él. Los funcionarios diplomáticos o consulares, en ejercicio de las funciones notariales que tienen atribuidas, no podrán autorizar la escritura pública de divorcio.”

Artículo 87 del Código Civil.

En el convenio deben incluirse una serie de puntos obligatorios a regular tales como:

  • Patria potestad: en la etapa en la que los descendientes del matrimonio son menores de edad, ambas partes tienen una gran variedad de derechos y obligaciones hacia los menores tales como: sustentar a los menores, protegerlos, educarlos… Pues bien, se denomina patria potestad a los derechos y obligaciones que poseen los padres hacia sus hijos. Como norma general, la patria potestad le corresponderá a ambos progenitores en conjunto salvo otro acuerdo por parte de los progenitores o bien se decida judicialmente lo contrario.
  • Guarda y custodia: se podrá establecer compartida por ambos progenitores o por uno sólo.
  • Uso de la vivienda conyugal: como norma general, suele atribuirse a aquel progenitor que posee la guarda y custodia del menor o menores.
  • Régimen de visitas: será fijado por acuerdo entre los progenitores. En este punto se incluye la comunicación, estancia… siempre recogiendo en el convenio la hora y el lugar de entrega y recogida. En éste punto se incluyen las vacaciones de Navidad, de verano, Semana Santa y los fines de semana que los descendientes menores de edad pasarán con sus progenitores.
  • Pensión de alimentos: será obligatoria la fijación de la pensión de alimentos para los hijos menores de edad así como los mayores de edad dependientes económicamente de sus progenitores (los que se encuentren estudiando en la universidad, etc.). Cuando hablamos de custodia compartida de los hijos, no se fija pensión alguna a excepción de los gastos extraordinarios que serán abonados a medias.
  • Pensión compensatoria: se define como la compensación al otro cónyuge por generar el divorcio un desequilibrio económico respecto del otro cónyuge. Puede tener un carácter limitado en el tiempo o indefinido, dependiendo de factores tales como: la edad, la dedicación a la familia, la profesión…
  • Liquidación de la sociedad: se puede dar el caso en que ambos cónyuges decidan liquidar la sociedad económica, es por lo que se procede a incluir en el convenio un inventario de la totalidad de los bienes así como la adjudicación de los mismos.

Con posterioridad, los cónyuges, serán citados en el juzgado para ratificar el convenio. El juez procederá a examinar el contenido del convenio para comprobar que el mismo es conforme a derecho y, finalmente, se emitirá la correspondiente Sentencia Judicial, la cual será notificada a las partes.

Se puede dar el caso de que el juez no apruebe el convenio regulador, por lo que se concedería un plazo máximo de diez días para modificar dicho convenio y presentarlo en el Juzgado.

Si existen hijos menores, el juez solicitará al Ministerio Fiscal un informe. Existen casos en los que se puede llamar a los hijos menores para ser escuchados por el Juzgado, siempre y cuando los niños sean mayores de 12 años.

Divorcio Express

En la actualidad, se ha simplificado de manera importante los trámites para que las partes obtengan la sentencia de divorcio, sobre todo para aquellos matrimonios que lo solicitan de manera amistosa. Su carácter rápido y económico hizo que se le conociera como divorcio express.

papeles de divorcio

Divorcio Contencioso

El procedimiento de separación o divorcio contencioso se encuentra recogido y regulado en el artículo 769 de la LEC donde se expone que uno de los cónyuges podrá presentar una demanda de divorcio contencioso contra el otro cónyuge; en la demanda, tendrá que explicar el por qué desea divorciarse, siendo innecesario alegar justa causa, solicitando así sus pretensiones, así como regularizar su situación familiar tras el divorcio.

En resumen, en la demanda de divorcio contencioso se solicita:

  • El divorcio, qué es el principal motivo de la demanda.
  • Asignación de la patria potestad, en el caso de que en el matrimonio existan hijos menores de edad. Lo habitual es que la patria potestad la ejerzan ambos progenitores.
  • Asignación de la guarda y custodia de los hijos menores de edad, que puede ser para ambos progenitores ( guarda y custodia compartida) o a favor de uno sólo de los cónyuges, dependiendo de las circunstancias personales y profesionales de cada cónyuge. A día de hoy, lo habitual es disfrutar de una custodia compartida de los menores.
  • Régimen de visitas de los hijos a favor del cónyuge no custodio.
  • Pensión de alimentos en el caso en que los hijos sean dependientes económicamente de sus progenitores.
  • Para solicitar una cuantía económica de pensión de alimentos, hay que justificar la misma con documentos que lo acrediten tales como gastos de los menores en cuanto a ropa, colegio, actividades extraescolares…
  • En el caso de que se diera la custodia compartida, no es necesario fijar pensión de alimentos alguna a excepción de los gastos a medias tales como libros del colegio, dentista, clases extraescolares…
  • Pensión compensatoria: se define como la compensación económica que realiza un cónyuge a favor del otro tras haberse producido un desequilibrio económico tras el divorcio, teniendo en cuenta los años de dedicación exclusiva al hogar así como a la familia.
  • Uso del domicilio familiar: es una de las medidas que debe adoptarse en el divorcio. Por norma general, es atribuida al cónyuge custodio de los menores hasta que los mismos sean independientes económicamente de sus progenitores.
  • Presentada la demanda en el Juzgado, será admitida a trámite y se emplazará al cónyuge demandado.

En el caso en que los cónyuges alcancen un acuerdo a lo largo de la tramitación del proceso de divorcio contencioso, el mismo podrá transformarse en un proceso de mutuo acuerdo, poniendo en conocimiento del juzgado dicho acuerdo por medio de un escrito adjuntando el convenio regulador.

Si, por el contrario, se inicia el procedimiento de divorcio se inicia de mutuo acuerdo y una de las partes no se ratifica en el convenio regulador aportado, automáticamente el procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo será archivado, debiendo iniciar así el procedimiento de divorcio contencioso.

Contestación de demanda en divorcio contencioso

pareja en tramite de divorcio

Llegados a éste punto en donde la demanda se le ha notificado al cónyuge demandado, tendrá un plazo de 20 días hábiles para contestar la misma, así como alegar los puntos en los que se encuentra conforme con la parte demandante y aquellos en los que se muestra disconforme e igualmente solicitar lo que desee.

Hay que señalar que tanto la demanda presentada como la contestación de la demanda, deben ir firmadas por abogado y procurador, debiendo justificar todo lo que ambas partes solicitan, así como explicar el por qué de lo que se solicita.

Tras contestarse a la demanda por la parte demandada, el Juzgado admitirá a trámite la contestación y fijará una fecha y hora para la celebración de la vista de divorcio contencioso donde ambas partes, con sus respectivos abogados, defenderán lo que solicitan e, igualmente, aportarán las pruebas necesarias tales como documentos, informes, facturas, gastos, testigos, etc.

Factores importantes en un proceso de divorcio

Para comenzar un proceso de divorcio, a grandes rasgos, cabe tener en cuenta cuatro factores:

  • La voluntad de las cónyuges.
  • El patrimonio de las partes, así como el régimen económico patrimonial.
  • Los hijos que la pareja tenga en común.
  • La cuantía de las pensiones los cónyuges hubieran solicitado.

Para saber más, no te pierdas nuestro resumen del proceso de divorcio.

¿Cuándo produce efectos el divorcio?

Esta disolución matrimonial será efectiva a partir del conocimiento de la sentencia firme que lo declaró. Pero, si ésta hubiera sido de mutuo acuerdo, el divorcio será efectivo desde la manifestación del consentimiento de la ex pareja.

“Los efectos de la disolución del matrimonio por divorcio se producirán desde la firmeza de la sentencia o decreto que así lo declare o desde la manifestación del consentimiento de ambos cónyuges otorgado en escritura pública conforme a lo dispuesto en el artículo 87. No perjudicará a terceros de buena fe sino a partir de su respectiva inscripción en el Registro Civil.”

Artículo 89 del Código Civil.

¿Cómo puede extinguirse la acción de divorcio?

Según el artículo 88 del C.C., la acción de divorcio podrá extinguirse por dos motivos distintos: la muerte de cualquiera de los cónyuges o la reconciliación expresa de ambos.

Conclusión

En conclusión, atendiendo a los tipos de divorcio, los trámites y el proceso pueden resultar más o menos sencillos, al igual que más o menos económicos. Los divorcios amistosos y los divorcios express siempre facilitan las cosas.

Por otro lado, si existen hijos en común, deberemos ser más meticulosos con el convenio regulador. Ya que, en todo caso, prevalece el interés superior del menor, tanto en lo referente a la custodia como al régimen de visitas o la pensión alimenticia.

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