Como expertos abogados de familia, uno de los temas a tratar muy común, es el tema de la modificación de medidas definitivas.
Y es que, la modificación de medidas definitivas es consecuencia de una serie de cambios que sufre alguno de los ex cónyuges y que da lugar a una modificación de la sentencia de divorcio y que por lo general, Los casos más comunes de este tipo de procedimientos vienen relacionados con la situación de los hijos menores de edad o de los hijos mayores de edad dependientes económicamente de sus progenitores.
En nuestro despacho de abogados, hemos llevado a cabo un sinfín de procedimientos de modificación de medidas definitivas.
Por regla general, El procedimiento se inicia debido a que la situación personal y profesional de uno de los cónyuges ha cambiado de una manera importante. Un claro ejemplo, es la situación de que el cónyuge no custodio que se encuentra pasando una pensión de alimentos al menor de edad, ha tenido un nuevo hijo de una relación actual teniendo que hacerse cargo de los gastos económicos de un nuevo miembro de la familia y viéndose imposibilitado para pasar la pensión de alimentos fijada por el juez mediante la sentencia que en su día se dictó.
Otro caso muy habitual, es el hecho de que el cónyuge no custodio se haya quedado en el paro, sin poder hacer frente a la pensión de alimentos de su hijo menor de edad o mayor de edad dependiente económicamente que en su día el juez fijo en la sentencia de divorcio dictada.
Así las cosas, existen numerosos casos de que por temas de trabajo, el cónyuge no custodio se ha visto en la necesidad de desplazarse a otro país para poder trabajar y así alimentar a su hijo, por lo que en este caso se podría interponer una modificación de medidas ante el juzgado y así determinar un nuevo régimen de visitas así como de vacaciones.
Los casos referentes a las modificaciones de medidas pueden variar dependiendo de la situación en la que se encuentre en este caso el demandante. Y es que el campo en lo referente a esta materia, no sólo se cine a una disminución de la cuantía económica de la pensión de alimentos.
En nuestro despacho de abogados, contamos con un equipo de expertos en la materia los cuales le asesorarán de su procedimiento y le indicarán de qué manera proceder.
Por regla general, el cliente se pone en contacto con nuestro despacho y el mismo, le concederá una cita para así asesorarle al respecto.
Se puede dar el caso en que las medidas que en su día se adoptaron bien de mutuo acuerdo o bien judicialmente, teniéndose en cuenta una serie de circunstancias tales como laborales y personales se hayan visto alteradas de manera importante ( por ejemplo, que el cónyuge no custodio haya perdido su trabajo y no pueda hacer frente a la manutención de los menores..), en éste caso en el que exista una alteración sustancial de las circunstancias, se podrá solicitar la modificación de medidas, entendiendo como alteración sustancial de circunstancias lo siguiente:
En el caso de que se pretenda una modificación de medidas relacionadas con la guarda y custodia de los menores, será de gran importancia acreditar que la petición que se realiza, sea la mejor opción para el beneficio del menor ya que su interés prevalece por encima de todo.
28 Marzo, 2017
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