Matrimonio con extranjeros: requisitos y trámites para llevar a cabo la unión

ADMIN PLESK
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diciembre 16, 2019

En España, cada vez son más frecuentes los matrimonios mixtos, que se definen como aquel matrimonio contraído entre un extranjero y un ciudadano español. Los matrimonios mixtos podrán celebrarse en territorio español, así como en delegaciones diplomáticas españolas en el extranjero.

Para llevar a cabo un matrimonio mixto se deberá llevar a cabo una serie de trámites con anterioridad a la celebración del matrimonio.

  • La tramitación de un expediente gubernativo en el registro civil del partido judicial de residencia de cualquiera de los cónyuges. Ésta tiene por objetivo principal la capacidad que tienen las partes para llevar a cabo el matrimonio.
  • Junto al expediente de tramitación se tendrán que aportar ciertos documentos del ciudadano español y del ciudadano extranjero y  deberán estar debidamente legalizados, apostillados y, si fuera necesario, traducidos.

Matrimonio entre extranjeros

Consideraciones a tener en cuenta

Una vez se haya reunido toda la documentación y rellenado los datos necesarios, tales como la declaración jurada y la hoja declarativa de datos, se citará a los contrayentes para la celebración de una audiencia reservada donde se va a determinar si existe vicio alguno en el consentimiento o si el matrimonio que se va a contraer sería de conveniencia.

Posteriormente, se publicarán los edictos en el Jugado de Paz o en su caso en el Registro Civil del lugar de residencia en el caso de que el contrayente sea español. Por su parte, para el contrayente extranjero, se acreditará mediante certificación de su consulado en España.

Tras haber sido publicados los edictos, el expediente de matrimonio pasaría a la fiscalía que, con posterioridad, emitiría el correspondiente dictamen. En el caso de no existir impedimento y de que toda la documentación sea válida, se dictará auto de aprobación del matrimonio.

Por tanto, la celebración del matrimonio tendría que realizarse dentro de los seis meses siguientes a la aprobación de dicho auto. Con posterioridad, la inscripción del matrimonio se realizará en el Registro Civil donde se celebre el mismo, extendiéndose así el libro de familia.

Una vez realizado todos esos trámites, el ciudadano extranjero podrá tener derecho a residencia en España. Igualmente, los españoles podrán celebrar el matrimonio ante el cónsul de España en el extranjero, siempre y cuando ambos cónyuges sean españoles.

Derechos de los matrimonios entre extranjerosPuede darse el supuesto de un español residente en España que desee llevar a cabo su matrimonio en el extranjero ante un cónsul de España, por lo que deberá dirigirse al Registro Civil de su domicilio para que destruya el expediente de matrimonio civil y manifieste su consentimiento matrimonial ante el cónsul de España que haya elegido.

En este caso, la inscripción del matrimonio se realizará en el Registro Civil consular del lugar donde se haya celebrado el acto matrimonial que, a su vez, lo trasladará al Registro Civil Central.

En este punto, hay que tener en cuenta de que para llevar a cabo un matrimonio entre un ciudadano español y un extranjero tendrá que iniciarse un expediente en el Registro Civil correspondiente y ambas partes tendrán que actuar de forma voluntaria y sin ningún tipo de conveniencia.

En el caso de que el juez determine que no hay problema alguno para que el matrimonio se lleve a fin, se podrán casar por la normativa civil española. Por tanto, el matrimonio será oficial en España y la persona extranjera tendrá derecho a tener los beneficios pertinentes.

Documentación necesaria

En cuanto a la persona extranjera necesitará:

  • Un certificado de soltería o en su caso de divorcio.
  • Certificado de nacimiento.
  • Certificado acerca de la necesidad de publicación de edictos.
  • Pasaporte en vigor.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Certificado de nacimiento.
  • Inscripción consular.

La documentación que deberá presentar el ciudadano español sería:

  • DNI.
  • Certificado de nacimiento.
  • Empadronamiento.
  • Certificado de divorcio si lo hubiera.

En el caso de que los documentos fueran de origen extranjero, tendrían que presentarse legalizados. Y, en el caso de que estuvieran en otro idioma que no fuera el español, tendrían que estar legalmente traducidos.

Papeles para la solicitud de un matrimonio con extranjerosUna vez reunidos dichos documentos, se deberán presentar en el Registro Civil junto con el expediente correspondiente. Posteriormente, se dará paso a una audiencia reservada en donde se dará fe de que dicho matrimonio no es por conveniencia. Con posterioridad, se procederá a la obtención del permiso para contraer matrimonio.

Una vez que la boda se lleve a cabo, se deberán presentar en el Registro Civil junto con el expediente correspondiente. Para adquirir los derechos se deberá acudir a la oficina de extranjeros y presentar toda la documentación necesaria para ello.

¿Qué pasa si deniegan el matrimonio?

En el caso en que una de las partes nos reúna algún requisito, podrá ser denegado el matrimonio por entender que pueda ser un matrimonio de conveniencia, bien para adquirir la nacionalidad española, conseguir algún permiso de residencia en España o, en su caso, para llevar a cabo la reagrupación familiar de personas de terceros países.

Para acreditar la verdadera existencia de una relación entre los que van a contraer matrimonio deberán darse las siguientes reglas:

  1. La relación tendrá que haber sido duradera e ininterrumpida durante un cierto tiempo.
  2. Dicha relación podrá ser probada, es decir, deberá acreditarse que han existido visitas a España o al país tercero o bien acreditar que dicha relación ha sido vía telefónica o por Internet.
  3. Es importante que ambas partes hablen la misma lengua o que puedan entenderse sin dificultad. 

Se denegará el matrimonio en caso de que: 

  1. Uno de los cónyuges haya tenido con anterioridad un matrimonio simulado.
  2. Se haya entregado una cuantía de dinero con anterioridad a la celebración del matrimonio.

Recursos para la denegación del matrimonio

Si el auto que se emite deniega el matrimonio se podrá interponer una demanda al juzgado de primera instancia correspondiente, necesitando así la asistencia de abogado y procurador.

La resoluciones en el caso de que no se haya admitido el escrito inicial o que se ponga fin al expediente matrimonial, se podrán recurrir ante la Dirección General durante los 15 días hábiles siguientes a la notificación.

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